esta SALA 7 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por el ciudadano JOSE GREGORIO MENA HERNANDEZ, en su condición de Juez del Juzgado Décimo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 28 de septiembre de 2009, fundamentado en lo dispuesto en los artículos 86 numeral 8º y 87, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, relacionada con la causa distinguida bajo el Nº 449-08 de la nomenclatura utilizada por ese Despacho, contentiva de la causa seguida a los ciudadanos MIGUEL ENRIQUE CONTRERAS GUEVARA y JHON DAVID AZUALDE QUINTERO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL a título de COMPLICIDAD CORRESPECTIVA.
Regístrese la presente decisión y déjese copia debidamente certificada en el archivo. Remítase en su oport.....