Por todas las consideraciones que anteceden en relación a los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la pretensión contenida en la demanda que por SIMULACIÓN incoara la ciudadana SILVANA JOSEFINA CISNEROS LIENDO contra las sociedades mercantiles BAR RESTAURANTE EL QUE BIEN, C.A., y BISUTERÍAS MISS FACTORY 21, C.A., ampliamente identificados al inicio, en virtud de la falta de cualidad activa.-
Se condena en costas a la parte demandada.-
Por cuanto la presente decisión ha sido dictada dentro de la oportunidad legal prevista para ello no requiere la notificación de las partes.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho .....