Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Reponer la presente causa al estado de que el experto contable designado y juramentado, Licenciado RICARDO MENOZA CHAURAN, colegiado bajo el N° C.P.C. 13..980, realice una nueva experticia complementaria del fallo ajustándose a los parámetros establecidos en la decisión de fecha 07 de AGOSTO de 2017. Líbrese cartel de notificación.
SEGUNDO: La nulidad del informe pericial realizado por el experto contable cursante a los folios 66 al 73, ambos inclusive, del expediente.