DISPOSITIVA
Ahora bien, cumplidos como han sido los trámites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer y decidir, el presente Recurso de Apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se ADMITE el recurso de apelación de Sentencia, interpuesto en fecha dos (02) del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025), por la ABG. RUSMARY DEL CARMEN BASTARDO RECHADER, en su carácter de FISCAL AUXILIAR VIGESIMO NOVENO (29°) DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO ARAGUA, en contra de la Sentencia dictada en fecha doce (12) del mes de diciembre del año dos mil veintidós (2022), y publicada en fecha once (11) del mes de abril del año dos mil veinticin.....