Por recibida en fecha 13 de octubre de 2025, en el marco del operativo Tribunales Móviles del estado Aragua, y vista la anterior solicitud de Únicos y Universales Herederos, constante de un (1) folio útil junto con sus anexos, presentado por la ciudadana MAYERLING DEL VALLE SANDOVAL GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.571.790, hábil en derecho y de este domicilio, asistida por la abogada SERGIA GUZMAN, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 238.858, y las declaraciones rendida por los ciudadanos ANTHONY GABRIEL ACOSTA FERNANDEZ y FRANCYS ZAIMAR FIGUEREDO MOTA, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-27.463.176 y V-30.595.703 respectivamente, este tribunal como se pide y dejando a salvo los derechos de terceros DECLARA de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurarle a su peticionaria ciudadana MAYERLING DEL VALLE SANDOVAL GUTIERREZ, antes identifi.....