Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en San Francisco de Asís, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos RAFAEL ANTONIO VILERA FARIA y ELIZABETH IADEVAIA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-10.977.859 y V-9.682.057, respectivamente, en consecuencia se declara: DISUELTO, el vínculo matrimonial que unía a los conyugues desde el día 1 de Septiembre del año 2003, según acta Nº 74, por ante Registro Civil de la Parroquia Samán de Guere del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, Asimismo, definitivamente firme como ha de considerarse la presente decisión, se ordena su ejecución. En consecuencia, de conformidad con lo establecido artículo 506 del Código Ci.....