Estando dentro de la oportunidad indicada para que se lleve a Cabo la celebración de la Audiencia preliminar se deja constancia de la Asistencia a este Juzgado del apoderado judicial de la parte demandada, más no asi la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En consecuencia se Declara el Desistimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.