"...Vista la manifestación de las partes y muy especialmente la de la parte ejecutante, este Tribunal Ejecutor difiere la práctica del secuestro, y ordena mantener la comisión en los archivos del tribunal, hasta la solicitud por escrito de una nueva oportunidad por parte del ejecutante. Asimismo, acuerda remitir copias certificadas del acuerdo transaccional al Juzgado comitente".