Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos del acto administrativo impugnado por la sociedad mercantil ALFOMBRAS Y FIELTROS IBERIA, C.A., (AFICA), contra el acto administrativo que certificó como agravada por el trabajo la enfermedad que padece la ciudadana Rosa Rebolledo, signado el mismo con el N° 0821-12, de fecha 15 de octubre de 2012 dictado por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Aragua (Diresat-Aragua) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL