de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal considera suficiente las precedentes diligencias para declarar a la ciudadana: LINA EXPOSITO DE MARTIN, viuda, mayor de edad, de nacionalidad Española, titular de la cédula de identidad Nro. E-987.434, como la UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, de la de Cujus: FELIPA LOPEZ MARTIN, quien era viuda, quien en vida fue de nacionalidad Española, y titular de la cédula de identidad N° E-82.004.129, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Trece (13) días del mes de Noviembre de Dos Mil Dieciocho (2018). Años: 208º de la Independencia y 159º de la Federación