DISPOSITIVA:
Por todos los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: DECLINAR LA COMPETENCIA A UN TRIBUNAL DE CONTROL CIRCUNSCRIPCIONAL, conforme a los artículos 77 y 293 del Código Orgánico Procesal Penal. Diarícese. Cúmplase.-
El Juez,
ABG. ALFREDO GERMAN BAPTISTA OVIEDO
El Secretario,
ABG. BRUNO ACOSTA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior
El Secretario
ABG. BRUNO ACOSTA
CAUSA N° 5M-801-07
AGBO/nc