DISPOTIVA
En base a todas las consideraciones y argumentaciones que anteceden, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente demanda, y en consecuencia, se condena a las accionadas de autos, ya identificadas a indemnizar al accionante de autos también identificado, por los conceptos de Daños Materiales que sufriera su vehiculo en el accidente a que se contrae esta demanda, los cuales esta reseñados, especificados y evaluados en la experticia avalúo oficial que practicara el perito evaluador designado a estos efectos por las autoridades del Transito Correspondientes, cursante en autos, y los cuales ascienden en la cantidad de Bolívares TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL (Bs, 3.220.000).
ASI SE DECIDE Y DECLARA.
No hay condenatoria en costas, conforme a lo preceptuado en el artículo 274 de Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en.....