Por las razones antes expuestas, esta Sala Sexta (6°) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el 23 de mayo de 2016, por el profesional del derecho LUIS MARTINEZ, Defensor Público Septuagésimo Sexto (76°) Penal, en su carácter de defensor de los ciudadanos JORGE ISAAC LORENZO BRICEÑO y LEONARDO ENRIQUE VILLANUEVA ROMERO, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-12.685.147 y V-25.505.404, respectivamente, quien recurre de conformidad con lo establecido en el artículo 439 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión del 10 de mayo de 2016, dictada con ocasión a la celebración de la audiencia para la presentación de los aprehendidos, por el Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia Estadal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, fundam.....