Por las consideraciones de hecho y de derecho antes explanadas, este Juzgado Único en Función de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: acuerda fijar de oficio la audiencia de revisión de la medida de Privación de Libertad, en relación al sancionado P.J.G.G. (IDENTIDAD OMITIDA), quien se encuentra sancionado en las Causas Nos. EA-2833-15 y 2999-16, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto en los artículos 458 del Código Penal en sintonía con el 83.4 eiusdem, para el día miércoles 20/12/17 a las 11:00 de la mañana. SEGUNDO: ordena librar los actos de comunicación dirigidos a las partes y el ofici.....