Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el querellante contra la decisión de 13 de noviembre de 2019, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano ORLANDO SILVA DE SOUSA, en su condición de heredero del de cujus ESTEVAO SILVA y a su vez Director General de la Sociedad Mercantil PARADOR LA CALIFORNIA, S.R.L, contra el Juzgado Vigésimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por haberse verifi.....