DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto (5º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Incompetente por el Territorio para conocer y decidir esta demanda de Nulidad de Actos Administrativos de Efectos Particulares conjuntamente con solicitud de Medida Cautelar Innominada interpuesta por la abogada María Fernanda Pulido, IPSA Nº 123.276, en su carácter de Apoderada Judicial de la entidad de trabajo Avon Cosmetic de Venezuela C. A., contra la Providencia Administrativa Nº 376-2008, dictada en fecha 21 de noviembre de 2008, por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio" Sede Guatire del Estado Miranda, en la cual declaró Con Lugar la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos interpuesta por el ciudadano Walter Aponte, titular de la cédula d.....