DISPOSITIVA-
Por todos los razonamientos supra establecidos, es por lo que este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la declara INADMISIBLE la demanda interpuesta por la ciudadana, LUISA YRAIDA CARRASCO MOYA, en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES PERDEMIC C. A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 16 de abril de 1993, bajo el Nº 29; Tomo 26-A-Pro, en la persona de su Presidente Ing. VICENTE EDUARDO STEPHENSON SALAZAR, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO y DAÑOS Y PERJUICIOS.-
En virtud de la naturaleza de la presente decisión no ha lugar a especial condenatoria en costas.-
PUBLIQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.-
Dada y firmada en la sala de Despacho de este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, .....