D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la
Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos LEONARDO PASTOR BARRETO GUEVARA y DIANELYS GARCIA DE BARRETO, venezolano el primero y la segunda de nacionalidad Cubana, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.944.896 y E-84.588.519, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día doce (12) de Agosto del año dos mil once (2011), por ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, según se evidencia de copia certificada bajo el acta numero 433, del año 2011, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, concatenado con la Senten.....