D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos antes expuestos esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado ROBERTO ALFONSO ACOSTA GARRIDO, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público del Estado Aragua, contra la sentencia absolutoria proferida por el Juzgado Quinto de Juicio de esta Circunscripción Judicial, de fecha 31-10-06, a favor del ciudadano RITO ANTONIO INFANTE. SEGUNDO: SE ANULA LA SENTENCIA ABSOLUTORIA proferida en fecha 31 de octubre de 2006, por el Juzgado Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, a favor del ciudadano RITO ANTONIO INFANTE, por e delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal. TERCERO: Se ordena remitir la presente causa a la Oficina del Alguacilazgo, a los fines de ser remitido a otro T.....