Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos: FRANCISCO YBIRMAS, OSCAR YBIRMAS, JOSE YAGUA, OLVER MARQUEZ y EDUARDO MAESTRE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nos. 14.706.468, 13.621.901, 14.406.747, 16.859.079 y 9.918.119, respectivamente; contra la empresa CERVECERIA NAIGUATA, C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 29 de agosto de 1973, modificado en fecha 31 de agosto de 1998, inscrito bajo el N° 1, Tomo 385-A-Sdo.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, SE CONDENA a la referida empresa al pago de la cantidad que resulte .....