Con fundamente a los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando con rango constitucional, declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Gonzalo Alberto Ávila Duran, Castaño Borjas Fernando Antonio, Escalona Velásquez Luís Enrique Y Fernando Pérez Yamix Enrique, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. 17.866.063, 17.234.819, 18.693.384 y 18.232.095, respectivamente, debidamente asistidos por la abogado en ejercicio Melba Carolina Rodríguez Salazar, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 80.465, contra la Escuela Técnica Militar de las Fuerzas Armadas Bolivariana, Núcleo Ejercito, Dirección del núcle.....