En virtud de todo lo anteriormente expuesto, la demanda por resolución de contrato incoada por la parte actora, ciudadanas LISELOTTE MARIA GARCIA DE SOTO y EVELIN LUCILA GARCIA DE LOPEZ, en contra de la parte demandada, el fallecido FERNAN RODRIGUEZ GIL, debe declararse parcialmente con lugar, así como se declara parcialmente con lugar el recurso de apelación ejercido, quedando modificada la sentencia recurrida con la motivación expuesta en la presente decisión, tal y como se establecerá en forma expresa, positiva y precisa en la sección dispositiva de este fallo judicial. Y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.