-IV-
DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia en el estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el acuerdo celebrado vía CONCILIACIÓN por María Deolinda Goncalves Coelho y Manuel Goncalves Coelho, de nacionalidades portuguesa y venezolano, mayores de edad, titular de las cédulas de identidad Nros E-81.173.052 y V-8.732.496 respectivamente, asistidos por la abogada Flor Josefina Dorta Martínez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº V-109.225, con José Luis Goncalves Coelho y María Goreti Freitas De Goncalves, venezolano y portuguesa, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.439.741 y E- 81.960.752 respectivamente, asistidos por la Defensora Pública Agrario, abogada Franyelith Rossanna Franco Colm.....