Se ADMITE el RECURSO DE APELACIÓN CON EFECTO SUSPENSIVO, establecido en el artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto en fecha veinte (20) de octubre de 2016, por el Profesional del Derecho Jhonny Mendoza, actuando con el carácter de Fiscal Provisorio Sexagésimo Noveno (69°) del Ministerio Público a Nivel Nacional; y los RECURSOS DE APELACIÓN interpuestos de manera separada, por los Abogados José Gregorio Suárez Mosqueda y Eleazar León Jiménez, actuando en su carácter de Defensores Privados del ciudadano Miguel Ángel Rivas Velásquez y Marvis Jiménez, en representación del acusado José Luís Machuca Guzmán. Asimismo, se deja constancia que se DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Antonio Ferreri Macía, actuando en su condición de víctima y debidamente asistido por el Abogado Ricardo Ferraro, contra la sentencia referida ut supra, específicamente contra el SOBRESEIMIENTO decretado a favor del acusado Rodolfo Seekatz.-