Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Segundo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte actora en contra de la decisión definitiva dictada en fecha 13 de Febrero de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD E INTERES opuesta por la co-demandadas MACHINERY CARE DE VENEZUELA S.A. y MACHINERY CARE INTERNATIONAL S.A., identificadas supra y en consecuencia, se declara SIN LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS BENEFICIOS LABORALES interpuesta por el ciudadano JOSÉ RICARDO MORILLO ESCALANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de ident.....