DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Coordinación laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, ordena:
PRIMERO: Terminada la presente causa y en consecuencia se ordena el cierre y archivo definitivo del expediente.
SEGUNDO: Se ordena su remisión a la Coordinación Judicial de esta Coordinación Laboral a los fines de su archivo definitivo.
Publíquese y Regístrese.-
Déjese copia certificada por Secretaria del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.