Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional procede a emitir el siguiente dispositivo:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la presente acción de Amparo incoada por el Grupo Bastet, C.A. contra el ciudadano Serge Nataf, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, ordinal 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el presente dispositivo en el cual se declaró la inadmisibilidad de la acción, se ordena la suspensión de la medida innominada decretada en fecha 21 de octubre de 2009.