Por todos los razonamientos de hecho y derechos antes expuesto este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA LA ENTREGA EN CALIDAD DE DEPOSITO, de conformidad con lo establecido en el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal del al ciudadano: ALBERT JOSÉ RIVAS BRITO, Titular de la Cédula de identidad Nº V-14.010.949,en razón en su condición de solicitante y propietario del vehiculo en referencia para su uso y disfrute y en virtud de lo expuesto en la experticia no puede ser vendido, canjeado, subastado, no puede ser transferida su propiedad en ninguna forma ni hacer transferencia del mismo a través de documento poder alguno, pudiendo circular con dicho vehículo por todo el territorio de la República, con la obligación de presentarlo las veces que sea requerido de conformidad con lo previsto en el artículo 311 del Código Orgánic.....