En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: SIN LUGAR las cuestiones previas establecidas en el artículo 346 ordinal 6º y 11º, del Código de Procedimiento Civil, interpuesta por el Abogado, José Isaac Goldecheid, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.357.541, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 85.576, Apoderado Judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: Se condena en consta a la parte Demandada.
TERCERO: Se ordena la Notificación de las partes por haberse dictado la presente decisión fuera de lapso.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la.....