D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO (falta de afecto) presentado por el ciudadano JOSE LUIS GONZALEZ POLANCO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-8.685.236, contra la ciudadana AURYMAR TREJO MORENO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V-12.000.829 y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día doce 12 de diciembre del año mil novecientos noventa y dos 1992, por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Aragua, según consta de acta de matrimonio signada con el número 043, folio 126, del año 1992, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, concatenado con la.....