DISPOSITIVA
Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Decide: DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO a favor de la causa seguida en contra los ciudadanos ARGELIA RÍOS y ALEXANDER BORGES TOVAR, titulares de las cédulas de identidad N° V-13-132.605, y V-12-461.670 respectivamente, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, el cual prevé una pena de prisión de cinco (05) años, en virtud que la acción se encuentra evidentemente prescrita de conformidad con lo establecido en el artículo 108 ordinal 4º del Código Penal, adminiculado con el artículo 318 numeral 3ero en concordancia con el artículo 48 numeral 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal
Notifíquese a las partes de la presente decisión de conformidad con los artículos 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Infórmese igu.....