SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado DIEGO LEPERVANCHE, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en contra de la sentencia de fecha quince (15) de abril de 2008 dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se ordena al Juzgado Décimo Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, se fije oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, y remita al expediente en la oportunidad correspondiente al sorteo de Ley, para la celebración de la audiencia preliminar. Se CONFIRMA el fallo recurrido, pero con otra motivación.
No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo previsto en el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.