DECISIÓN
Por las razones aquí expuestas este JUZGADO TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por la ciudadana DAGMAR BALBYNA KRAIN SEBASTIANI suficientemente identificado en autos, en contra de la empresa VITERCA, C.A., también plenamente identificada en autos. Así se Decide.- SEGUNDO: Se ordena a la empresa demandada pagarle a la trabajadora la cantidad de Bs. F 13.466,31, por concepto de prestaciones Sociales. Así se Decide.- TERCERO: Se acuerda experticia complementaria del fallo, realizada por un solo perito, que determine los intereses sobre la prestación de antigüedad conforme al artículo 108 literal "c" de la Ley Orgánica del Trabajo, la cual será realizada por un sólo experto contable que.....