DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por el abogado Rafael Ernesto Osorio, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil VINSOCA BUENAVENTURA IV, C.A., ya identificados, contra la Providencia Administrativa No.033-2010, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "JOSÉ RAFAEL NUÑEZ TENORIO", con sede en Guatire, adscrita al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano EDUARNETT ENRIQUE OJEDA ALVAREZ, ya identificado. En consecuencia, se declara NULO el acto administrativo antes indicado.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Super.....