PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por BENEFICIOS SOCIALES incoada por los ciudadanos GILBERTO RAMÓN CALDERA, WILLIAM RIOS OJEDA, MARTÍN JACINTO MENDOZA, MARIO URBINA, EFRÉN EVARISTO BARRETO, CALIXTO GIMÉNEZ y JOSÉ LUIS ÁLVAREZ, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad números V-9.687.982, V-9.690.268, V-7.207.180, V-14.354.592, V-4.284.895, V-7.909.015 y V-7.230.948, respectivamente, y de este domicilio, contra INDUSTRIAS OREGON S.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 37, Tomo 120-A, en fecha 20/12/1971. SEGUNDO: No se condena en costas a la parte actora, dada la naturaleza de la Decisión.