Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos ANDRÉS DEL CARMEN MILANO BRICEÑO e HIRMA ZORAIDA CAMACHO ACOSTA, titulares de las cédulas de identidad Nº V-9.087.292 y V-6.942.856 respectivamente, asistidos por el(la) abogado(a) YNDIRA BALDUZ, inscrito(a) en el Inpreabogado bajo el Nro. 74.203. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el JUZGADO DEL MUNICIPIO CARZOLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, según acta No. 5, del año 1977, de fecha 17 de junio de 1977, de los libros de matrimonio llevado por esa oficina. Asimismo, se decreta el EJECÚTESE definitivo de la presente sentencia, a los efectos d.....