D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos: YAMILET JOSE TOVAR PIRIZUELA y MIGUEL JESUS MEDINA MENDOZA, mayores de edad, venezolanos, de este do¬micilio y titulares de las cédulas de identidad números V-14.390.392 y V-14.829.592 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día (13) de diciembre del año mil novecientos noventa y siete (1997), por ante el Registro Civil Municipio Sucre del Estado Aragua, según consta del Ac¬ta N° 416, Folio 41, Tomo III, del año 1997.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho.....