D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: ÚNICO: Declara Inadmisible el recurso de apelación interpuesto por los abogados Luis Enrique Díaz y Martín Vegas, defensores privados del acusado Víctor José Tovar Arévalo, de conformidad con lo establecido en los artículos 432 y 437 literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Diarícese, déjese copia, notifíquese y remítase en su debida oportunidad al Juzgado Sexto de Control, a los fines de que se imponga del presente fallo.
LA MAGISTRADA PRESIDENTA
DRA. FABIOLA COLMENAREZ
EL MAGISTRADO Y PONENTE,
DR. JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
EL MAGISTRADO DE LA CORTE,
DR. ALEJANDRO JOSÉ PERILLO SILVA
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