Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento de la demanda por juicio ejecutivo interpuesta por los abogados Juan Carlos Contreras y Jennifer Gaggia Hurtado, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.735.655 y V-13.255.516, respectivamente, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 98.514 y 91.418, respectivamente, apoderados judiciales de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO MIRANDA, contra la sociedad mercantil SEGURO MERCANTIL, C.A., en su condición de Fiadora Solidaria y Principal Pagadora de la sociedad Mercantil JUNIOR S.S. PUBLICIDAD, C.A, en consecuencia, declara terminado el presente procedimiento, y ordena el archivo del expediente.