DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. SU COMPETENCIA para conocer la presente acción de amparo.
2. INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida de amparo cautelar, por los abogados Sergio Jesús Yibrin Silva y Omaira Bendjoya García, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 24.910 y 69.591 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos JOSÉ VALENTÍN HERNÁNDEZ MORALES, YANIT STELLA PACHECO OVALLA, NATHALY DE VILLAMIZAR, LISETH GARCÍA, THAIMY GUDIÑO, HÉCTOR PEROZO y MILENA LÓPEZ, en su condición de socios de la ASOCIACIÓN CIVIL FELIZMAR.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región.....