-IV-
D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio de conformidad con lo previsto en el artículo 185 del Código Civil, y en lo sentando en la sentencia de carácter vinculante dictada por el Máximo Tribunal de la República de fecha 2 de junio de 2015, número 693, expediente número 12-1163, presentada por los ciudadanos ANGEL GREGORIO GOMEZ VASQUEZ e ILIANA CAROLINA GONZALEZ DE GOMEZ , TITULARES de las cedulas de identidad Nº V-12.565.786 y V-17.272.118 respectivamente, asistidos por el abogado JOSE LUIS GONZALEZ , IPSA 240.586. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal que contrajeron por ante REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO JUAN GERMAN ROCIO DEL ESTADO.....