En atención a lo antes expuesto, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: DESISTIDO el Recurso de Apelación interpuesto por el Ciudadano Abogado CARLOS URRIOLA, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el número 43.268, actuando en representación judicial del demandante, contra la decisión por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en juicio que por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales, y Otros Conceptos Laborales, intentara en contra de la entidad de trabajo VENEZOLANA DEL VIDRIO, C.A (VENVIDRIO) y GUARDIAN DE VENEZUELA, S.R.L., en consecuencia, queda CONFIRMADA la referida Decisión.