DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulado por los ciudadanos RAIMUNDO JOSE BENTIVEGNA VIVAS y YORSAN YARET ROJAS RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad Nros. V-13.412.781 y V-15.600.999, respectivamente,
SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA, contraída por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en día 24 de Enero de 2022 según acta Nº 14, Tomo A del año 2022. De igual manera, procédase el EJECÚTESE de la presente sentencia, a lo.....