PARTE DISPOSITIVA
En mérito a los anteriores razonamientos, este Juzgado VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la acción de DESALOJO intentada por la ciudadana NORMA JARAMILLO, en contra del ciudadano OSWALDO LUIS LEZAMA, ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de esta decisión. En consecuencia se declara extinguido el contrato de arrendamiento suscrito por el demandado y el ciudadano SEGUNDO CASTILLO PURIZACA, en fecha 18-06-2002, por ante la Notaria Pública Vigésima Segunda del Municipio Libertador, bajo el Nro. 12, Tomo 35, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria. Se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar a la parte actora el bien inmueble constituido por un apartamento identificado con el N° 64, ubicado en el piso 6, del Edificio Residencias DALIA, situa.....