III
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la Oposición formulada por los Abogados María Meide Rodríguez, Héctor Rangel Urdaneta, Roberta Nuñez Díaz, Mariela Pernía, Vanessa Santos Huen y Joaquín Dongoroz, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 66.632, 108.244, 108.437, 104.892, 117.024 y 117.237, respectivamente, actuando en su condición de Apoderados Judiciales del Municipio Chacao del Estado Miranda, contra la MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS dictada por este Juzgado en fecha Diez (10) de Diciembre de Dos Mil Ocho (2008), mediante la cual suspendió los efectos del acto administrativo contenido en la Resolución Nº L/106.6.08, emanada de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA, y en consecuencia CONFIRMA la medida cautelar acordada.
Notifíquese a.....