PRIMERO: Se ABSUELVE al ciudadano JULIO CESAR CABELLO CHIRINOS titular de la cédula de identidad N° 17.241.340, de la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Calificado (en robo agravado) y Porte Ilícito de Arma de Fuego, seguido por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, y que presuntamente sucedieron el 01 de Noviembre de 2006 a las 07:00 horas de la noche, por insuficiencia probatoria.-
SEGUNDO: Se DECLARA CULPABLE al ciudadano JULIO CESAR CABELLO CHIRINOS titular de la cédula de identidad N° 17.241.340, de los delitos de ROBO AGRAVADO Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 460 y 277 ambos del Código Penal vigente para el momento de los hechos, y en consecuencia lo CONDENA a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRESIDIO, hoy NUEVE (09) AÑOS DE PRISION, previa conversión del artículo 87 del Código Penal, así como la accesoria de ley establecida en el artículo 16 ejusdem, es decir la inhabilitación política durante el tiempo de la co.....