Este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos CARMEN ROCIO SOTO y FRANKLIN ANTONIO ANTIBERO VALERA, identificados con las cédulas de identidad números V-9.682.149 y V-12.122.772, respectivamente. En consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído por ante la sede de la Prefectura Girardot del Municipio Autónomo Girardot del Estado Aragua, según se evidencia en Acta de Matrimonio la cual corre inserta bajo el N° 50, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante dicha Prefectura, correspondiente al año 1997.