-III -
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU INCOMPETENCIA para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, interpuesto por los abogados Gledys Villegas y Tony Villar, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 79.363 y 35.939, respectivamente actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano MANUEL ANTONIO GOITIA, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.713.928 contra la Providencia Administrativa Nro. 53-99 de fecha 6 de octubre de 1999, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
2.- DECLINA LA COMPETENCIA al Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.
3.- SE ORDENA la remisión del presente expediente a la .....