DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITE el Recurso de Apelación intentado por la Abogada MIRTA E. SEVER CABRERA, Defensora Privada del acusado LEONARDO SMITH MORALES ESPARRAGOZA, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, el día 06/05/09 y publicada el 20/05/09, en la cual se condenó a su patrocinado a cumplir la pena de 12 años, 16 días y 16 horas de presidio, por haberlo encontrado autor material y culpable en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 460 y 278, ambos del Código Penal vigente para el momento de los hechos.
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