Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 15 de diciembre de 2005, por los abogados Rodolfo Plaz Abreu, Antonio Planchart Mendoza y Juan Korodoy Tagliferro., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.967.035, 12.959.205 y 12.918.554, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 12.870, 86.860 y 112.054, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente SANKYO PHARMA VENEZUELA, S.A
Por consiguiente:
i) Se ANULA la suma de DIECISEIS MILLONES CIENTO VENTISEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 16.126.840,00), por concepto de Intereses Moratorios.
ii) Se CONFIRMA la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y UN BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 2.273.171,00), por concepto de multa.
iii) Se.....